By | agosto 31, 2022

A pesar de que la 26ª Conferencia de las Partes de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP26) llegó a su fin el pasado mes de noviembre, el panorama de ESG sigue sin estar claro.

El desempeño en materia ambiental, social, de gobernanza y finanzas sostenibles se asemeja actualmente al Lejano Oeste. Esto se debe a que los datos de ESG de las empresas siguen siendo desiguales e incompletos, y suelen carecer de coherencia entre empresas, sectores y fronteras. Muchas empresas revelan algunos tipos de riesgos medioambientales, aunque no otros, y sigue existiendo una desconexión entre las necesidades de los inversores de datos de ESG relevantes y lo que las empresas revelan.

Un nuevo informe de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV), un grupo mundial de reguladores, muestra que actualmente hay una falta de claridad y de normas para las métricas de ESG, una falta de transparencia sobre las metodologías en las calificaciones y una cobertura desigual de sectores y geografías. Aunque el cambio climático se considera una cuestión de ESG prioritaria para los inversores institucionales, menos de la mitad de las organizaciones realizan actualmente un seguimiento de las emisiones de su cartera o abordan las métricas físicas y de transición hacia una economía con menos emisiones de carbono. Esto puede implicar amplios cambios políticos, legales, tecnológicos y de mercado para abordar los requisitos de mitigación y adaptación relacionados con el cambio climático.

La pregunta es: ¿cuándo cambiará esto? Hace apenas un año, un informe del Banco Central Europeo, en el que se abordaba la forma en que el sector bancario europeo gestiona los riesgos climáticos y medioambientales, concluyó que la mayoría de los bancos no tienen planes concretos para empezar a prepararse para el cambio climático.

Cambios en el panorama de ESG

Sin embargo, en 2022 se están elaborando numerosas e importantes regulaciones y normas que aportarán claridad a este panorama. Estas son algunas de las próximas regulaciones y normas en materia de ESG que veremos en 2022.

En primer lugar, el reciente informe de situación de 2021 del Grupo de trabajo sobre divulgación de información financiera relacionada con el clima explica cómo sus recomendaciones de divulgación se convirtieron en el estándar mundial que guía las divulgaciones del sector privado, sirviendo de base a nuevas leyes, reglamentos y a órganos gubernamentales, como la Unión Europea, el Reino Unido, Suiza y Nueva Zelanda. Estos países están incorporando las recomendaciones a los requisitos oficiales de divulgación. Algunos países, como Canadá, se han movido al requerimiento de divulgaciones obligatorias sobre los riesgos y oportunidades relacionados con el clima.

La UE ha liderado muchas actualizaciones y cambios normativos y de divulgación que, a su vez, afectan a los requisitos globales en materia de ESG. La UE pretende comprometer al sector financiero para que actúe como catalizador de la transformación de la economía real.

Antes, no eran muchos los inversores que tenían contacto con las empresas de su cartera, sin embargo, a medida que aumenta la presión regulatoria, la información de ESG se convierte en una parte integral de la toma de decisiones y de la comunicación entre el sector financiero y la economía. Estos requisitos normativos también afectan a las instituciones y organizaciones financieras no pertenecientes a la Unión Europea si las empresas ofrecen productos financieros en la UE o tienen relaciones económicas con proveedores de servicios financieros europeos. La idea subyacente es crear un sistema financiero económicamente eficiente y sostenible que proporcione más capital para inversiones sostenibles; de esta manera es como los inversores están influyendo en la sostenibilidad de toda la economía.

Las empresas se enfrentan a varios retos relacionados con la sostenibilidad, entre ellos:

  • Gestionar datos de ESG más diversificados
  • Crear valor empresarial a través de aspectos no financieros
  • Asegurarse de que la gestión de nivel C comprende los aspectos de ESG
  • Integrar la información sobre sostenibilidad y ESG en los informes financieros y la gestión de riesgos corporativos.

El punto de inflexión será la integración de extremo a extremo de los informes financieros y no financieros, ya que las organizaciones financieras y de otro tipo necesitan relacionar sus datos de sostenibilidad y ESG con las métricas financieras. El objetivo será armonizar lo que las organizaciones comunican a los inversores y lo que se aplica operativamente en toda la organización.

Próximos reglamentos

Para tener una idea de lo que está por venir, aquí hay algunos datos sobre los próximos reglamentos que debe conocer:

Directiva de la UE sobre informes de sostenibilidad corporativa (vigente desde el 1 de enero de 2022):

Se trata de una nueva directiva para todos los informes no financieros a la que deben atenerse todas las empresas que cotizan en un mercado regulado de la UE (a excepción de las microempresas). Toda directiva de la UE debe ser traducida por los Estados miembros en normativas nacionales (por ejemplo, en Alemania sería CSR-RUG CSR-Richtlinie-Umsetzungsgesetzes).

La directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa incluye a aquellas empresas activas en el mercado de capitales, así como a todas las que no están orientadas al mercado de capitales, si cumplen dos de los tres criterios siguientes:

  • Activos totales de más de 20 millones de euros (22,6 millones de dólares)
  • Ventas netas de más de 40 millones de euros (45,2 millones de dólares)
  • Más de 250 empleados

Las empresas deben publicar información sobre los objetivos de sostenibilidad, el papel del consejo de administración y del consejo de supervisión, los efectos adversos más importantes de la empresa y sobre los recursos intangibles que aún no han sido reconocidos en los balances. En materia de ESG, las empresas también deben informar sobre:

  • Protección ambiental
  • Responsabilidad social y trato con los empleados
  • Lucha contra la corrupción y el soborno
  • Diversidad en las juntas corporativas

Además de estos temas materiales, las empresas deben informar sobre:

  • La doble materialidad: se trata de informar sobre los riesgos procedentes de fuentes externas a los que se enfrentan las empresas, como los riesgos relacionados con el clima (impacto en el valor de la empresa), además de los riesgos para el planeta o para las personas derivados de la empresa y sus operaciones (impacto en la sociedad y el medioambiente)
  • Otra información prospectiva: incluye los objetivos de sostenibilidad y su progreso actual
  • Información sobre los activos intangibles: incluye aspectos como los parámetros del desempeño ambiental y/o de la sostenibilidad.
  • Reglamento sobre divulgación de finanzas sostenibles (SFDR) y Reglamento de taxonomía de la UE: más adelante se habla de ellos.

TAXONOMÍA DE LA UE (vigente desde el 1 de enero de 2022, pero totalmente integrado el 1 de enero de 2024):

La UE desarrolló una «taxonomía» (clasificación) legislada de las actividades sostenibles de las empresas en todos los sectores. El objetivo es que las empresas clasifiquen qué parte de su volumen de negocio se genera a partir de áreas de negocio sostenibles. Por lo tanto, las empresas tienen que proporcionar una clasificación de sus actividades empresariales sostenibles y divulgarlas.

Esto es obligatorio para todos los sectores; existen orientaciones técnicas y sectoriales. La taxonomía de la UE abarca actividades que contribuyen hasta el 80 % de los gases de efecto invernadero en Europa: electricidad, transporte, silvicultura, construcción, tecnologías de la información y la comunicación, y fabricación. Las actividades agrícolas están actualmente en desarrollo.

La taxonomía tiene como objetivo clasificar si las actividades de la empresa:

  • Contribuyen sustancialmente a por lo menos uno de los objetivos ambientales.
  • «No causan un daño significativo» a ningún otro objetivo ambiental.
  • Se llevan a cabo cumpliendo las garantías sociales y de gobernanza mínimas.
  • Cumplen con los criterios técnicos de selección que se adopten en el reglamento

El Reglamento de taxonomía define las actividades económicas sostenibles como aquellas que aportan una contribución sustancial a uno de los seis objetivos medioambientales:

  1. Mitigación del cambio climático
  2. Adaptación al cambio climático
  3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos
  4. Transición a una economía circular
  5. Prevención y control de la contaminación
  6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas

Al mismo tiempo, la contribución sustancial a cualquiera de esos objetivos no debe contribuir a ningún daño significativo sobre ningún otro objetivo. El Reglamento de la UE sobre la taxonomía será una referencia esencial en otros reglamentos sobre finanzas sostenibles que se adoptarán próximamente en la UE, como los relativos a la divulgación de información o la norma de la UE sobre bonos verdes.

Reglamento de divulgación de finanzas sostenibles SFDR (vigente desde el 1 de enero de 2022):

Como parte fundamental de la agenda política de desarrollo sostenible de la UE, el Reglamento de divulgación de finanzas sostenibles pretende aumentar la transparencia en materia de sostenibilidad entre las instituciones financieras y los participantes en el mercado. El reglamento pretende normalizar el desempeño de sostenibilidad para las instituciones financieras que informan en lo referente a entidades y productos. Hay que tener en cuenta que las instituciones financieras deben informar no solo sobre los sectores en los que invierten, sino también sobre las propias empresas en las que invierten. Los requisitos de divulgación se consideran en lo que se refiere a las entidades y los productos. El SFDR se aplica principalmente a las entidades financieras (bancos, aseguradoras, gestores de activos y empresas de inversión) que operan en la UE. Las entidades fuera de la UE se verán afectadas indirectamente a través de las filiales en la UE, la participación en el mercado de la UE o mediante la presión del mercado.

El SFDR tiene como objetivo regular a los participantes en los mercados financieros y a los asesores financieros en materia de:

  • Transparencia en relación con los riesgos de sostenibilidad
  • La consideración de los impactos adversos de la sostenibilidad en sus procesos de inversión
  • El suministro de información relacionada con la sostenibilidad respecto a los productos financieros

Divulgación en lo referente a las entidades:

Los participantes en el mercado financiero y los asesores financieros deben divulgar información en su sitio web corporativo:

  • Política de riesgos de sostenibilidad: la integración de los riesgos de sostenibilidad en el proceso de toma de decisiones de inversión
  • Principales efectos adversos sobre la sostenibilidad: los efectos adversos sobre la sostenibilidad de la decisión/asesoramiento de inversión
  • Alineación coherente de las políticas de remuneración con los objetivos de sostenibilidad

Esto se aplica a los servicios de gestión de carteras y asesoramiento en materia de inversiones, a los productos de inversión basados en seguros, a los productos de pensiones, así como a los productos de fondos de inversión alternativos y a los Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM).

Divulgación relacionada con los productos:

Además, los participantes en el mercado financiero y los asesores financieros están obligados a divulgar información sobre los productos relacionada con la sostenibilidad, tanto para los productos relacionados con el ESG como para los que no lo están. El reglamento exige que las entidades clasifiquen los productos o el asesoramiento que ofrecen en una de las tres categorías siguientes:

  1. Productos convencionales
  2. Productos que promueven las características ambientales o sociales
  3. Productos con objetivos de inversión sostenible.

Los requisitos de divulgación en lo referente a los productos afectan a la divulgación precontractual (información del cliente, folleto, etc.), a la divulgación en el sitio web del producto y a los informes periódicos sobre el producto.

Estas nuevas normas se aplicarán a las organizaciones europeas de servicios financieros a partir de 2022. A partir de 2023 se aplicarán a todas las empresas que cotizan en la UE y a las que no cotizan en bolsa y que emplean a más de 250 personas.

Norma de cero neto del sector financiero

Además de la nueva norma de cero neto desarrollada y publicada recientemente por la Iniciativa de objetivos basados en la ciencia, la organización está desarrollando actualmente una norma en torno a los anuncios de cero neto por parte del sector financiero.

Actualmente, existe un documento preliminar para consulta pública en torno a la metodología de la norma, que incluye debates sobre:

  1. ¿Qué métricas de cero neto son adecuadas para las instituciones financieras?
  2. Cobertura de todas las actividades
  3. Niveles de ambición
  4. El papel de los créditos de carbono

Consejo de normas internacionales de sostenibilidad (ISSB)

Además, el recién fundado Consejo de normas internacionales de sostenibilidad (ISSB) desarrolla una base completa a nivel mundial de normas de divulgación de la sostenibilidad de alta calidad centradas en el inversor para satisfacer las necesidades de información de estos.

La iniciativa consolida el Consejo de normas de divulgación del clima (CDSB, una iniciativa de CDP) y la Fundación de informes de valor (VRF, creada en junio de 2021 a partir de la fusión del marco de información integrada y las normas SASB) para junio de 2022.

El objetivo es sentar las bases técnicas de las normas mundiales de sostenibilidad para los mercados financieros, satisfaciendo la urgente demanda de racionalizar y formalizar la divulgación sobre sostenibilidad corporativa.

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